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[one_half first]De la Ciudad de Buenos Aires:

  • Código de Edificación de la Ciudad De Buenos Aires: Puntos 4.12 y 6.3.1.4
  • Ley 2231/2006: Registro de Fabricantes, Reparadores y Recargadores de Extintores (Matafuegos) y equipos contra incendios y el Registro de Fabricantes, Reparadores e Instaladores de Instalaciones Fijas.
  • Disposición 415/DGDYPC/2011: Póngase en funcionamiento el Registro de Fabricantes, Reparadores e Instaladores de instalaciones fijas contra incendio – creado por la Ley Nº 2231. Los diversos tipos de instalaciones fijas contra incendio comprendidas en la presente resolución deben ser fabricadas, reparadas y/o mantenidas e instaladas, bajo el estricto cumplimiento de las normas IRAM de aplicación para cada rubro mencionado en la presente, que a continuación se detallan: Rubro AGUA – Rubro GASES – Rubro DETECCION – Rubro POLVO.

De la Calidad:

Nacionales

  • Norma IRAM 3546: Servicio de mantenimiento de instalaciones fijas contra incendios
  • Norma IRAM 3594: Mantenimiento de mangueras contra incendios

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