Queremos informarles que la nueva Ley de Autoprotección 5920 crea un nuevo sistema de autoprotección destinado a prevenir y controlar los riesgos sobre personas y bienes.
A continuación, resumimos la ley en cuatro simples puntos:
- Es de aplicación obligatoria a todos los edificios, establecimientos y/o predios con afluencia de público, del ámbito público y privado, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Obligatoriedad para edificios de oficinas comerciales o mixtos, industrias, galerías, geriátricos, laboratorios, estaciones de servicio, entidades deportivas y de educación.
- Los establecimientos van a pertenecer a diferentes grupos: (1), (2) y (3) dependiendo del rubro del mismo, de los m² y de los riesgos presentes en el sitio.
- Será obligatorio para algunos establecimientos del grupo (3) la utilización de programas informáticos que registren y recreen la evacuación y la evolución de los Incendios.
- Roles obligatorios durante la evacuación: coordinador de autoprotección, líder de evacuación y EPI (equipo de primera intervención).
Podemos ayudarlo a llevar a cabo la Ley 5920. Para más información contáctanos al 0810-666-8908